Se trata del decreto 1417 de 2021 que fue expedido por el gobierno nacional el 4 de noviembre y que regula el uso de las armas traumáticas en Colombia. En el documento se establece que los ciudadanos que posean un arma traumática deben solicitar un permiso especial para su porte y tenencia.
Para obtener el permiso, las personas deberán llevar su arma al Departamento de Control y Comercio de Armas y Explosivos, el cual procederá a hacer el proceso de marcaje y registro del arma. Por otro lado, aquellos locales comerciales que al momento de entrar a regir el decreto, tengan registradas en sus inventarios armas traumáticas, tendrán un plazo de 16 meses para poder comercializarlas, luego de ese tiempo los comerciantes deben hacer el proceso de registro.
Las autoridades detallaron el paso a paso para registrar el arma: las personas que deseen legalizar su arma traumática deberán llevarla a la industria militar cercana. Los puntos de entrega serán establecidos por la autoridad. En el momento de hacer entrega del arma, se diligenciará un documento donde se podrá tomar las siguientes opciones: 1. Entregar el arma, solicitar el marcaje y continuar con el trámite de registro y emisión del permiso de tenencia y/o porte del arma.
2. Entregar el arma voluntariamente en caso de que decida no marcarla, ni adelantar el trámite de registro y emisión del permiso. Quienes ya tengan un arma traumática en su propiedad deben realizar el marcaje en un plazo de ocho meses. La medida también rige para quienes figuran como persona jurídica.
Foto: Semana.com
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